Ley de Copropiedad: Ley 21.442

Publicada en el Diario Oficial el 13 de abril de 2022, regula los condominios, definidos por el Minvu como “terrenos o construcciones (por ejemplo, un conjunto de viviendas), donde coexisten bienes que son de todos y bienes que son de cada propietario.

¿Qué busca la Ley Nº 21.442?

Algunos de sus objetivos son:

  • Colaborar en el desafío de administrar la vida en común y propender a una mejor convivencia entre copropietarios y residentes en general.
  • Establecer mayor claridad en las responsabilidades, facultades y alcances de cada órgano de la administración.
  • Implementar mecanismos más eficaces para la resolución extrajudicial y judicial de los conflictos.
  • Facilitar la adopción de acuerdos, simplificando las estructuras de las asambleas
  • Fortalecer el apoyo estatal a los condominios de interés público, entre otros objetivos.

Cómo acogerse a la ley de copropiedad inmobiliaria y como actúa.

Para que un condominio o edificio pueda acogerse a la ley de copropiedad inmobiliaria, los copropietarios deberán organizar una asamblea donde deberán asistir personalmente o representados. En la asamblea deberán acordar lo siguiente:

  • Formar un comité de administración
  • Elegir a un administrador.
  • Dictar un reglamento.
  • Abrir una cuenta bancaria exclusiva para la copropiedad
  • Elegir a un administrador.
  • Dictar un reglamento.
  • Abrir una cuenta bancaria exclusiva para la copropiedad.

Luego tendrán que presentar el primer reglamento de copropiedad redactado en la asamblea a la dirección de obras municipales que corresponda. Una vez que el director de obras municipales verifique que el condominio cumple con las normas exigidas por la ley y el reglamento, se extenderá el certificado que declara al edificio acogido al régimen de copropiedad inmobiliaria.

Principales novedades Ley Nº21.442

  • Crea el Registro Nacional de Administradores de Condominios
  • Registro público, gratuito y obligatorio, que estará a cargo del Minvu y permitirá a las comunidades elegir administradores calificados.
  • Establece un sistema para generar reclamos y aplicar sanciones sobre la administración
  • Las comunidades podrán efectuar reclamos sobre la gestión de los administradores en las Seremi Minvu de su respectiva región, a partir de los cuales se generarán sanciones, en caso de corroborar una infracción.
  • Facilita la adopción de acuerdos en las asambleas de las comunidades
  • Esta ley permite realizar asambleas, incluso, a través de videoconferencias o de manera virtual y hacer consultas por escrito. Asimismo, incorpora la participación de arrendatarios y simplifica los quórums necesarios para generar acuerdos.
  • Fortalece el apoyo de organismos públicos a condominios de viviendas sociales
  • Las municipalidades, los gobiernos regionales y los Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) podrán destinar recursos para apoyar diversas iniciativas en los condominios. Por su parte, las municipalidades deberán prestar asesoría, hacer mediación extrajudicial en los casos que corresponda y desarrollar programas educativos sobre derechos y deberes.
  • Permite la tenencia de mascotas y animales de compañía
  • No se podrá prohibir tener mascotas, pero las comunidades sí podrán definir, en su reglamento, los espacios comunes que éstas podrán utilizar.
  • Aumenta las exigencias referidas a la seguridad de los condominios
  • Establece que todo condominio deberá contar con un Plan de Emergencia, el que deberá actualizarse anualmente, además de la obligatoriedad de tener un seguro colectivo contra incendios.
  • Fija nuevas condiciones para la construcción de condominios
  • El diseño de nuevos condominios deberá considerar el acceso expedito e integrado a servicios urbanos básicos como las vías el transporte, además de asegurar el tránsito expedito de vehículos de emergencia en su interior. Asimismo, deberán proveer cierres perimetrales que favorezcan la visibilidad de los entornos de los conjuntos.